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Crédito fiscal

entrenamiento 4.0

ENTRENA GRATIS A TU PERSONAL CON LA CONTRIBUCIÓN DEL MI.SE PARA LA FORMACIÓN 4.0

La Ley de Presupuesto 2021 ha ampliado aún más los beneficios del crédito fiscal por capacitación 4.0, que prevé un crédito fiscal de hasta el 50% sobre los costos incurridos por las empresas para la capacitación en una perspectiva de industria 4.0.

Todas las empresas, independientemente de su naturaleza jurídica, su sector económico, su tamaño, el régimen contable adoptado y los métodos de determinación de la renta a efectos fiscales. También podrán recibir la contribución entidades no comerciales para cualquier actividad comercial que se desarrolle.
Los profesionales (o, más precisamente, las personas con ingresos por cuenta propia) no pueden beneficiarse del beneficio.

La subvención se puede utilizar para la formación en las tecnologías previstas por el Plan Nacional de Industria 4.0.

Las actividades de formación deben referirse a las siguientes áreas:

  • ventas y marketing;

  • informática y técnicas;

  • tecnologías de producción.

A continuación se muestran algunos ejemplos, en la base del proyecto de formación:

  • big data y análisis de datos;

  • computación en la nube y en la niebla;

  • la seguridad cibernética;

  • sistemas ciberfísicos;

  • creación rápida de prototipos;

  • sistemas de visualización y realidad aumentada;

  • robótica avanzada y colaborativa;

  • interfaz hombre-máquina;

  • fabricación aditiva;

  • internet de cosas y máquinas;

  • integración digital de procesos comerciales

GASTOS ELEGIBLES

Los gastos elegibles para el crédito fiscal por capacitación 4.0 son:


a) gastos de personal relacionados con los formadores por las horas de participación en la formación;

b) costos operativos relacionados con los capacitadores y participantes de la capacitación directamente relacionados con el proyecto de capacitación, tales como gastos de viaje, materiales y suministros directamente relacionados con el proyecto, depreciación de herramientas y equipos para que la parte se informe a su uso exclusivo para el proyecto de capacitación . Los costos de alojamiento están excluidos, con la excepción de los costos mínimos de alojamiento necesarios para los participantes que son trabajadores con discapacidad;

c) los costos de los servicios de consultoría relacionados con el proyecto de capacitación;

d) gastos de personal relacionados con los participantes en la capacitación y gastos generales indirectos (gastos de administración, alquiler, gastos generales) por las horas durante las cuales los participantes asistieron a la capacitación.

Para recibir el aviso completo y recibir información detallada, complete el formulario a continuación.

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